sábado, 17 de enero de 2009

COMPLICIDAD AL PROPAGAR

COMPLICIDAD AL PROPAGAR

Alguna vez me acerque a la oficina de un diario local a poner un aviso clasificado donde solicitaba personas filantrópicas para unas causas socio-culturales y éste me fue rechazado aduciendo la dependiente que era porque contrariaba las “políticas de publicación” del periódico.
Salí de la oficina con cierto resquemor pero lleno de curiosidad por saber contra que norma o precepto reñía mi clasificado. Me volví un lector asiduo de avisos propagandísticos de periódicos que caían en mis manos, por lo general, los locales.
Para esa época y desde entonces he venido observando la proliferación en las secciones de clasificados, de avisos como:
-Abastecemos chicas, chicos, parejas, stripptease, despedidas, discreción.
-Samantha, universitarias elegantes, sensuales, eróticas, todo prototipo 2x1.
-¡Aburrido! Picantitas nenas del sexo te comerán todo. Todos estos en su Sección de Ofertas. Y estos otros:
- Lorena, travesty, rubia, bonita, despampanante, full dotada. Sede, discreción.
- Deisy!!!, travesty, Promete 3 horas, sacándote la lujuria.
Y en otra Sección de Clasificados, la correspondiente a Demanda de Empleos:
-Sala masajes busca chicas, zona norte, doy vivienda. Discreción.
- Necesito niñas tipo modelo para masajes, excelentes ingresos.
Pero también me encuentro, en la Sección de Tratamientos, los siguientes:
- Amarre Eterno. Maestros Santeros. Ganadores del Premio a la felicidad, por muy difícil y distante que sea a punta de tabaco. Trabajos garantizados.
- Cansado de pagar, hacer y deshacer y sigues sufriendo hasta perder la Fe. Desilusionada, desesperada y de aquello nada? Con tan solo una visita tu vida es solucionada; de verdad, verdad. Garantizada con tan sola una llamada.

Tenemos entendido que toda política o reglamento interno de una institución se debe basar -sino en las leyes, decretos o resoluciones- en las sanas costumbres, la mera decencia o el civismo. Sigo pensando y comienzo a buscar en las directrices básicas de comportamiento ciudadano: el Código de Policía y el Código Penal, para clarificar en poco o mucho en que podía incurrir de mal mi aviso y los avisos que a diario me encontraba en las páginas dedicadas a los avisos.
Encontré en el Código penal que el Proxenetismo está catalogado dentro de los delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales y queda definido como: Inducción a la prostitución. . El que con ánimo de lucrarse o para satisfacer los deseos de otro, induzca al comercio carnal o a la prostitución a otra persona, incurrirá en prisión de dos (2) a cuatro (4) años y multa de cincuenta (50) a quinientos (500) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Y en el mismo Código, lo concerniente a Participes del Delito, los determinadores y cómplices. Quien determine a otro a realizar la conducta antijurídica incurrirá en la pena prevista para la infracción, y como cómplice aquel que contribuya a la realización de la conducta antijurídica o preste ayuda posterior, por concierto previo o concomitante a la misma, incurrirá en la pena prevista para la correspondiente infracción disminuida de una sexta parte a la mitad.
Por otro lado, en el Código Nacional de Policía, leo dentro de las Contravenciones especiales que afectan al Patrimonio, lo siguiente: El que con fines de lucro abuse de la ignorancia, la superstición o la credulidad ajenas, incurrirá en arresto de uno a doce meses.
¿Hay complicidad? ¿Publicidad engañosa? ¿Se está favoreciendo la diseminación de enfermedades ETS?
Terminada mi pequeña indagación, aún no me queda claro en que pudo contravenir mi aviso, pero si me dio meridiana claridad, en los acercamientos o tipificación de los avisos con que se lucra el citado periódico. De pronto nos ayuden los juristas y el periódico aludido pueda corregir sus “políticas de publicación”
Querubín Imperio
helohimfauno@hotmail.com

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